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¿Cómo saber si mi moto puede circular por Barcelona?

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Las ciudades más importantes del mundo, como Barcelona y Madrid, están impulsando nuevas medidas y normativas para que la calidad del aire mejore. Fueron pioneras en establecer una zona de Bajas Emisiones en nuestro país, la cual funciona de lunes a viernes en horario laboral. 

Aun así, es solo el comienzo, ya que en 2023 el Gobierno obligará a todos aquellos que no hayan implantado estas zonas de acceso restringido a los automóviles que más contaminen en los centros urbanos, a adoptarlas. 

Barcelona puso en práctica esta Zona de Bajas Emisiones con el comienzo del año 2020, la cual afectó a un total de 125.000 motos aproximadamente, ya que fueron consideradas “perjudiciales” para el medio ambiente. Este nuevo reglamento ha supuesto que una gran cantidad de motoristas se vean obligados a cambiar de medio de locomoción para poder circular por la ciudad cumpliendo con las restricciones. 

Actualmente, hay un gran número de motoristas que desconocen si hoy en día y en los próximos años podrán entrar en la ciudad condal, Hospitalet de Llobregat, Esplugues, Cornellà o Sant Adrià. 

Etiquetas ambientales para motos 

La DGT diferencia 5 modalidades de vehículos a efectos de contaminación, pero las motos únicamente tienen 4 tipologías de pegatinas identificativas para motos. La clasificación de las distintas etiquetas medioambientales son: 

    • Etiqueta B: es de color amarillo y actualmente es el reglamento mínimo que las motos tienen que asumir para conseguir un distintivo ambiental. La llevan las motos que cumplen con la normativa Euro 2, es decir, que han sido matriculadas desde el 2003.  
    • Etiqueta C: es para las motos que se matricularon en el 2007, es decir, que cumplen con la normativa Euro 4 y Euro 3. La tonalidad es verde y la gran mayoría de los motoristas actualmente la llevan. 
    • Etiqueta ECO: la llevan las motos eléctricas e híbridas que tienen menos de 40 km de autonomía.
  • Etiqueta 0: se diferencia de la etiqueta ECO en que se aplica a los automóviles que tienen más de 40 km de autonomía. Pertenecen a esta categoría los vehículos que contienen la batería BEV, PEEV, PHEV 

Por tanto, aquellos automóviles que fueron matriculados antes de 2003 no contienen identificativo y en consecuencia tienen prohibida la circulación en las Zonas de Bajas Emisiones en el horario predeterminado. 

Pese a que en un inicio con este tipo de etiquetas la circulación de todo tipo de motocicletas estaba permitida, la realidad es que cada vez se restringirá más el acceso de los vehículos con más antigüedad. 

El Plan Contempla que las fechas en las que las restricciones entrarán en vigor serán: 

  • 2024: prohibición del tránsito por la Zona de Bajas Emisiones a todos aquellos automóviles que cuentan con el distintivo B
  • 2025: prohibición total de vehículos sin etiqueta en la Zona de Bajas Emisiones sin importar el día y horario. 
  • 2030: la circulación de los vehículos por la Zona de Bajas Emisiones que tienen la etiqueta C que no son residentes.

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